Lanzan un plan excepcional para la regularización de deudas
Caja de Previsión Social

Lanzan un plan excepcional para la regularización de deudas

La CPSTF puso en marcha planes de financiación de deudas, a organismos aportantes, que “solo podrán otorgarse de manera excepcional y restrictiva”. La medida fue aprobada por el Directorio, de manera unánime.
22/12/2025
E

l Directorio de la Caja de Previsión Social de la Provincia, (CPS), emitió

la resolución 113/2025, fechada el 16 de noviembre, mediante la cual se puso en vigencia un plan de facilidad de pago de deudas a organismos aportantes, aunque con carácter “excepcional y restrictiva”.

La resolución se enmarca en la reglamentación del artículo 13, inciso c) de la Ley 1070, referida a la puesta en marcha de planes de regularización de deudas.

La resolución señala “la existencia de obligaciones previsionales adeudadas por parte de los organismos en situación de mora, cuya regularización resulta necesaria a fin de resguardar la sostenibilidad del régimen y la continuidad de las prestaciones”.

La Ley faculta al Directorio a establecer planes de regularización y pago de montos adeudados a la Caja, mediante mecanismos que deben permitir encauzar el recupero de dichas acreencias, “siempre bajo criterios de prudencia financiera, razonabilidad y protección del patrimonio provisional”.

Los fundamentos de la resolución, subraya que “el instrumento de financiación en cuotas se concibe como una medida de ultima instancia, aplicable únicamente cuando se encuentren debidamente acreditadas las circunstancias excepcionales que dificulten el pago inmediato, y siempre que su otorgamiento contribuya a la recuperación efectiva de la deuda sin afectar el equilibrio financiero del sistema”.

En la medida se aclaró que “el mecanismo no constituye un régimen reglar, permanente ni automático, sino una herramienta de carácter restrictivo, cuya procedencia y condiciones deben ser evaluadas caso por caso, a fin de evitar que su utilización se transforme en una práctica habitual o genere incentivos al incumplimiento”.

De esta manera, la resolución expresa de manera tajante que “los planes de financiación solo podrán otorgarse de manera excepcional y restrictiva, quedan sujetos a la acreditación previa, por parte del organismo deudor, de la imposibilidad objetiva y fundada de cancelar la totalidad de la deuda en un solo pago”.

Por unanimidad el Directorio de la Caja de Previsión Social aprobó la resolución, según siguiente votación: Patricia Blanco (Pasivos), Norma González (activos) y German Suárez a cargo de la Vicepresidencia.

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